El abogado defensor del padre Aristeo Trinidad B. B., Maclovio Murillo Chávez, informó que ve posibilidades de llevar el caso de su representado hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero la estrategia a seguir será definida hasta analizar el amparo que ordenó revisar otra vez la apelación y emitir una nueva sentencia.
“Después del análisis vamos a decidir si promovemos revisión ante la SCJN o bien esperamos el cumplimiento a ese amparo”, dijo Murillo Chávez; en tanto, el Tribunal Superior de Justicia del Estado informó que esperaba la notificación de la resolución del juicio para proceder en consecuencia.
El litigante explicó que el amparo a favor del sacerdote obliga a la justicia estatal a dictar una nueva sentencia, “valorando las pruebas de modo imparcial, no como las había valorado, de forma totalmente parcial”.
Estrategia a seguir será definida hasta analizar el amparo: abogado defensor
Chihuahua— Sin embargo, detalló, el padre Aristeo y el equipo de abogados que le auxilian habrán de analizar la resolución de la justicia federal, para decidir cuál es la estrategia que seguirán, es decir, van a definir si esperan que haya nueva sentencia o si se buscará que el asunto sea resuelto hasta el máximo tribunal del país.
El Diario dio a conocer ayer que el Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, con sede en Ciudad Juárez, otorgó el amparo y protección de la justicia federal al sacerdote católico Aristeo Trinidad B. B., con lo que dejó insubsistente la sentencia de 34 años de prisión que la justicia estatal había dictado en su contra en el año 2021.
En la resolución, cuyo engrose fue publicado el 15 de mayo en los tribunales federales, los magistrados consideraron que cuando obra contra el acusado prueba incompleta o insuficiente, no procede condenarlo sino absolverlo, porque la duda debe usarse en beneficio del mismo, lo que no valoraron de forma correcta los juzgadores estatales que dictaron la sentencia y los que la revisaron en apelación.
El tribunal federal resolvió el amparo en sesión del pasado 3 de mayo, pero fue publicado en su lista de acuerdos días después, con los alcances específicos que tiene.
En su único punto resolutivo, en la ejecutoria resuelta por tres magistrados federales integrantes de ese órgano jurisdiccional, establece que “la justicia de la Unión ampara y protege a Aristeo Trinidad B. B., en contra de la resolución del veinticinco de mayo de dos mil veintidós”, que fue emitida por la Sala Colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado, la cual conoció del recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó en primera instancia por los delitos de violación y abuso sexual.
La sentencia de amparo hace un análisis de los principios de presunción de inocencia y duda razonable aplicables en las resoluciones penales.
Destaca, entre otras cosas, que cuando obra contra el acusado prueba incompleta o insuficiente, no procede condenar sino absolver porque la duda debe usarse en beneficio del acusado, arribándose a la conclusión de que en toda sentencia el o los jueces deben cerciorarse siempre de que las pruebas de cargo, desvirtúan la hipótesis de inocencia efectivamente alegada en juicio; y al mismo tiempo debe descartarse que las pruebas de descargo o contra indicios, generen duda razonable sobre la hipótesis de culpabilidad sustentada por la parte acusadora.
De esa manera, sostiene que no puede restarse valor probatorio a las pruebas de descargo, simplemente con el argumento de que existan pruebas de cargo suficientes, ya que “la suficiencia de las mismas sólo se puede establecer en confrontación con las pruebas de descargo”, de tal manera que estas últimas pueden dar lugar a la duda razonable tanto en el caso de que se cuestione la fiabilidad de las pruebas de cargo, como en el supuesto de que la hipótesis de inocencia alegada esté corroborada por esos elementos exculpatorios.
Los jueces Carlos Jaime Rodríguez García, Florina Coronado Burciaga y Arnulfo Arellanes Hernández, fueron los que integraron el Tribunal de Enjuiciamiento que en enero de 2021 sentenció al sacerdote a 34 años de prisión; en la segunda instancia de la justicia estatal, a cargo de la apelación, resolvieron el magistrado Marco Tulio Cano y los secretarios en funciones de magistrados penales, Judith Ávila Burciaga y Carlos Alberto Martínez.
Hasta ayer, el Tribunal Superior de Justicia del Estado no había dado cuenta de cómo atendería la resolución de la justicia federal. El titular de Comunicación Social del Poder Judicial, Luis Rubén Maldonado, informó que esperaban a conocer la notificación para fijar una postura.