La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) no podrá incluir las pruebas financieras aportadas por Brasil y Suiza, así como los testimonios de ex directivos de la constructora Odebrecht, en el proceso que se sigue al ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) Emilio Lozoya Austin.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal revocó la determinación del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal de la ciudad de México, quien admitió a trámite la demanda de amparo de la UIF. Esto significa que la Fiscalía General de la República (FGR) no podrá utilizarlas para acreditar el supuesto soborno por 10.5 millones de dólares.
En marzo pasado del año pasado, el juez federal Gerardo Genaro Alarcón aceptó como válidas 12 pruebas completas contra el ex director de Pemex; 12 en forma parcial y desechó 24. Entre ellas, varios peritajes contables con los que el Ministerio Público Federal pretendía obtener una sentencia de 46 años contra Lozoya Austin.
La defensa del ex funcionario logró que se desecharan en primera instancia 24 pruebas, al acreditar que el Ministerio Público Federal las obtuvo de manera ilegal y se violó el secreto bancario. Además, estableció que se consiguieron ilícitamente los comprobantes de transferencias financieras realizadas por empresas fantasmas, controladas por Odebrecht, a dos compañías fachadas propiedad de Lozoya Austin. A través de éstas, recibió los sobornos por 10.5 millones de dólares.