En 2025 se realizará una elección extraordinaria para renovar a todos los ministros, jueces y magistrados del Poder Judicial, en caso de que se apruebe la reforma presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Quienes ocupen actualmente el cargo podrán participar en esta elección en igualdad de condiciones, explicó la secretaria de Gobernación (Segob), Luisa María Alcalde, durante la conferencia de prensa matutina del AMLO.
Para elegir los nuevos puestos, las y los Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal Electoral y Magistrados del Tribunal de Disciplina se elegirán a nivel nacional en las elecciones ordinarias a partir de 30 candidaturas paritarias propuestas por los tres Poderes de la Unión.
De estas, corresponderá al Poder Ejecutivo proponer hasta 10 aspirantes, al Poder Legislativo hasta 5 por cada Cámara, por mayoría calificada y al Poder Judicial hasta 10 candidaturas a través del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por mayoría de 6 votos.
En el caso de los 1,633 magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales en las elecciones ordinarias, a partir de 6 candidaturas paritarias por cargo (2 por cada Poder de la Unión).
Una vez que se lleve esto a cabo, el Senado de la República verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley. A su vez, el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) organizará la elección.
Las campañas durarán 60 días y no habrá etapa de precampañas. En ellas no se permite el financiamiento público o privado. Las personas candidatas tendrán acceso a tiempos de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate.
Los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas.
Finalmente, el Tribunal Electoral del Poder Judicial resolverá las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes, cuya resolución corresponderá a la SCJN.
En caso de ausencia definitiva de ministros, magistrados o jueces, el Senado designará por mayoría calificada a una persona interina para que ocupe el cargo hasta que se realice la siguiente elección ordinaria:
Para ministros de la SCJN y magistrados del Tribunal de Disciplina, el Ejecutivo Federal propone la terna.
En el caso de magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el órgano de administración judicial propone la terna.
Para magistrados electorales, la SCJN propone la terna.
En cuando a la justicia local, los poderes judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
La reforma presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador también propone la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por un Tribunal de Disciplina Judicial y un Órgano de Administración Judicial.
El primero estará integrado por 5 magistrados electos a nivel nacional por un periodo de 6 años, propuestos por los Poderes de la Unión.
Podrá recibir denuncias de cualquier persona u autoridad, e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley, al interés público o a la administración de justicia, incluyendo hechos de corrupción, tráfico influencias, nepotismo, complicidad o encubrimiento de presuntos delincuentes, “o cuando sus resoluciones no se ajusten a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia”
Sus sanciones incluyen amonestación, multa, suspensión о destitución (excepto ministros). Asimismo, podrá dar vista al Ministerio Público en caso de delitos, o solicitar el juicio político ante el Congreso de la Unión.
A su vez, el Órgano de Administración Judicial estará integrado por 5 personas designados por un periodo de 6 años por los Poderes de la Unión: el Poder Ejecutivo y el Senado nombrarán a cada quien a uno y la SCJN nombrará tres.
Será responsable de las funciones administrativas, de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial.
Nuevas reglas procesales
La iniciativa también propone una serie de nuevas reglas procesales. Entre ellas, se establece un plazo máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales, y de 1 año para asuntos penales.
En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.
Asimismo, se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
Se reduce el número de ministras y ministros, de 11 a 9 integrantes, disminuye el periodo de su encargo, de 15 a 12 años y se eliminan las dos salas, por lo que la Corte sólo sesionará en Pleno y sus sesiones deberán ser públicas.
Igualmente, se elimina la pensión vitalicia (haber de retiro) para actuales y futuros ministras y ministros y sus remuneraciones deben ajustarse al tope máximo establecido para el presidente de la República, sin excepción.